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RESOLUCION de 26 de mayo de 2004, del Servicio Provincial de Industria Comercio y Turismo de Zaragoza, por la que se convocan exámenes reglamentarios para la obtención del Certificado de Profesional Habilitado en la especialidad de instalaciones eléctricas de baja tensión (categoría básica y categoría especialista).

Publicado el 09/06/2004 (Nº 67)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Texto completo:

RESOLUCION de 26 de mayo de 2004, del Servicio Provincial de Industria Comercio y Turismo de Zaragoza, por la que se convocan exámenes reglamentarios para la obtención del Certificado de Profesional Habilitado en la especialidad de instalaciones eléctricas de baja tensión (categoría básica y categoría especialista).

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, se convocan exámenes reglamentarios para la obtención del Certificado de Profesional Habilitado en la especialidad de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión, Categorías Básica y Especialista, con sujeción a las siguientes bases:

1º. Solicitudes.

La solicitud, para la categoría de acreditación deseada (Básica o Especialista) se hará en el modelo E0101 que figura en el Anexo II de la Orden de 9 de marzo de 2004, «Boletín Oficial de Aragón» nº 41 de 7 de abril de 2004, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se modifican parcialmente los anexos I II, III, IV y V del Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, y serán presentadas dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón».

Los interesados pueden optar por presentarse a la obtención del Certificado de Profesional Habilitado de categoría básica o bien a la de especialista, manifestándolo así expresamente en la correspondiente solicitud.

El modelo de solicitud se facilitará en los Servicios Provinciales de Industria, Comercio y Turismo, en la página web del Gobierno de Aragón y en el Servicio de Información y Documentación Administrativa.

A cada una de las solicitudes se acompañará fotocopia del D.N.I. y documentación compulsada acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en el punto 3º de la convocatoria, así como del ejemplar para la Administración del modelo de liquidación de los derechos de examen figurado en el punto 2º de la convocatoria.

2º. Derechos de examen.

Los derechos de examen para la obtención de las acreditaciones profesionales se fijan en 23,10 euros por cada una de las categorías que se desea examinar, (Ley 25/2003, «Boletín Oficial de Aragón» nº 156, de 31 de diciembre de 2003), que deberá realizarse mediante autoliquidación según modelo 414 de la Tasa 14 (Orden de 3 de enero de 2002, «Boletín Oficial de Aragón» nº 7, de 16 de enero), que será facilitado en los Servicios Provinciales de Industria, Comercio y Turismo.

3º. Requisitos de los candidatos:

a) Acreditar los conocimientos teórico-prácticos incluidos en el anexo I de esta Resolución y acreditar la superación del correspondiente curso impartido por una entidad de formación acreditada, especificados en el anexo I.

b) Superar las pruebas que en cada una de las situaciones se determinan en el anexo I.

Los aspirantes de las situaciones b.3 y b.5 del Anexo I de esta resolución, se presentarán únicamente el día del examen correspondiente al examen práctico celebrado para las situaciones b.1 b.2 del citado Anexo.

Los interesados pueden optar por presentarse a la obtención del certificado de profesional habilitado de la especialidad de instalaciones eléctricas de categoría básica o bien a la de especialista, manifestándolo así expresamente en la correspondiente solicitud de presentación a examen. En la solicitud de examen deben indicar asimismo la entidad de formación en la que en su caso han superado el curso y justificar los requisitos relativos a la titulación y si procede, los de la experiencia laboral.

4º. Admisión y exclusión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza la lista provisional de admitidos y excluidos. Estos últimos dispondrán de un plazo de diez días para la subsanación de los defectos que hayan motivado su exclusión, transcurrido el cual se hará pública por el mismo procedimiento la lista definitiva de admitidos y excluidos.

5º. Comisión de evaluación.

Presidente:

Titular: D. Juan José Fernández Fernández.

Suplente: D. Francisco Javier Hualde García.

Vocales:

Titular: D. José Ignacio Barra Cásedas.

Suplente: D. Angel Luis Gotor Rubio.

Titular: D. José María Duato Jané.

Suplente: Dña. Nuria Ciprés Gracia.

Titular: D. Sergio Mostajo Elvira.

Suplente: D. María Rodríguez Marín.

Secretario:

Titular: D. Rafael Campillos Lumbier.

Suplente: D. Carlos García Manzano.

6º.-Lugar, fecha y hora de realización de examen

Lugar: Salón de Actos del Edificio Pignatelli. Paseo Mª Agustín nº 36, Zaragoza.

Hora: 17,00 horas.

Fecha: 15 de septiembre de 2004.

7º. Contenido y desarrollo de los ejercicios.

1. Profesional habilitado en la especialidad de instalaciones eléctricas de baja tensión categoría básica.

1.1 Prueba teórica.

1.1.1. Para las situaciones b.1 y b.2 del Anexo I de esta resolución:

-Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico («Boletín Oficial del Estado» de 28 de noviembre de 1997): Artículos 1, 2, 3, 9, 10 y 11.

-Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica («Boletín Oficial del Estado» de 27 de diciembre de 2000, con rectificación en el «Boletín Oficial del Estado» de 13 de marzo de 2001).

-Título III, Capítulo II «Acometidas eléctricas y demás actuaciones necesarias para atender el suministro.

-Título VI, Capítulo I, Sección Tercera «Traspaso y subrogación de los contratos de suministro a tarifa y de acceso a las redes», Sección Sexta «Medida y Control» y Capítulo II «Calidad de servicio».

-Título VII, Capítulo II (artículo 115).

-Disposición Transitoria Décima y Disposiciones Finales tercera y Cuarta.

-Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 18 de septiembre de 2002.

-Instrucciones Técnicas Complementarias denominadas ITC-BT que desarrollan el citado Reglamento, aprobadas por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de 18 de septiembre de 2002, con excepción de la materia que se cita expresamente en el Anexo II.

1.2.-Prueba práctica:

1.2.1. Para las situaciones b.1 y b.2 del Anexo I de esta resolución:

-Resolución por escrito de cuestiones y supuestos prácticos basados en el programa de conocimientos tecnológicos y reglamentarios exigibles a esta categoría de instalador.

1.2.2. Para las situaciones b.3 y b.5 del Anexo I de esta Resolución:

-Análogo ejercicio al exigible en el apartado 1.2.1 anterior, y que podrá contener cuestiones relativas a la aplicación de la reglamentación exigible para los instaladores de esta categoría.

2.-Profesional habilitado en la especialidad de instalaciones eléctricas de baja tensión categoría especialista.

2.1.-Prueba teórica

2.1.1. Para las situaciones b.1 y b.2 del Anexo I de esta Resolución:

Además de lo expresado en el apartado 1.1 anterior para la categoría básica, lo siguiente:

-Instrucciones Técnicas Complementarias denominadas ITC-BT que desarrollan el citado Reglamento, aprobadas por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de 18 de septiembre de 2002.

2.2. Prueba práctica

2.2.1. Análogo a lo señalado en el apartado 1.2.1. anterior, aplicado a la categoría especialista.

2.2.2. Análogo a lo señalado en el apartado 1.2.2. anterior, aplicado a la categoría especialista.

(Para la realización de los ejercicios se permite la utilización de los reglamentos y calculadora no programable).

8º. Resultados y notificaciones.

La relación definitiva de aspirantes aptos y no aptos será publicada en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Zaragoza, lo que sustituirá a la notificación personal, y asimismo en la página web del Gobierno de Aragón.

Zaragoza, 26 de mayo de 2004.

El Director del Servicio Provincial, JUAN JOSE FERNANDEZ FERNANDEZ

ANEXO I

REQUISITOS PARA LA OBTENCION DEL CARNE PROFESIONAL DE INSTALADOR ELECTRICISTA EN BAJA TENSION (CERTIFICADO DE CUALIFICACION INDIVIDUAL)

Situación TITULACIONES EXIGIDAS Y/O EXPERIENCIA OBTENCION I BTB OBTENCION IBTE

(Categoría Básica) (Categoría especialista)

ITC-BT-O3

(apartado 4.2)

b.1 Técnico de grado medio en equipos e instalaciones electrotécnicas

con un año de experiencia en empresas instaladoras eléctricas

en baja tensión Curso 40 horas y examen teórico-práctico. Curso 50 horas y examen teórico-práctico

b.2 Técnico de grado medio en equipos e instalaciones electrotécnicas

sin un año de experiencia en empresas instaladoras eléctricas

en baja tensión Curso de 100 horas y examen teórico-práctico. Curso de 125 horas y exa- men teórico-práctico.

b.3 Técnico superior en instalaciones electrotécnicas sin un año de experiencia

en empresas instaladoras eléctricas en baja tensión Examen práctico Examen práctico

b.4 Técnico superior en instalaciones electrotécnicas con un año de experiencia

en empresas instaladoras eléctricas de baja tensión. Obtención directa Obtención directa

b.5 Titulados universitarios de Escuelas Técnicas de grado medio o superior

con formación suficiente en el campo electrotécnico, sin un año de experiencia

en empresas instaladoras eléctricas en baja tensión Examen práctico Examen práctico

b.6 Titulados universitarios de Escuelas Técnicas de grado medio o superior

con formación suficiente en el campo electrotécnico, con un año de experiencia

en empresas instaladoras eléctricas en baja tensión. Obtención directa Obtención directa

b.7 Ingenieros Industriales Obtención directa Obtención directa

ANEXO II

INSTRUCCIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS (ITC) DEL REGLAMENTO APROBADO POR REAL DECRETO 842/2002, DE 2 DE AGOSTO, EXCLUSIVAS PARA EMPRESAS Y TITULARES DE CARNES DE CATEGORIA ESPECIALISTA:

-ITC-BT06

-ITC-BT07

-ITC-BT11

-ITC-BT29

-ITC-BT38

-ITC-BT40

-ITC-BT44

-ITC-BT51